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Entra en vigor hoy el decreto con nuevas medidas de prevención en CLM, que afectan a Villarrubia de los Ojos

17 junio 2021

COVID-19

A partir de la próxima semana comenzará en la provincia de Ciudad Real la vacunación para personas de entre 39 y 30 años

Desde hoy jueves entra en vigor en Castilla-La Mancha la modificación del decreto sobre medidas de prevención y control necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, que recoge, entre otras, la ampliación del cierre de establecimientos de hostelería hasta las 2.00 horas, el del ocio nocturno hasta las 3.00 horas y permite la ocupación hotelera al cien por cien.

Estas nuevas medidas, según avanzó el pasado martes el consejero de Sanidad, Jesús Fernández supone una ampliación de medidas respecto a los eventos multitudinarios, así como a la restauración y al ocio nocturno.

Por otro lado, indicar que hoy el director general de Salud Pública, Juan Camacho, ha anunciado que el próximo lunes comenzará la vacunación masiva a la población de entre 39 y 30 años en la provincia de Ciudad Real y se irá ampliando paulatinamente al resto de la Comunidad Autónoma en los siguientes días. Camacho ha destacado que, actualmente, y con los datos publicados por el Ministerio de Sanidad en el día de ayer, se han administrado 1.485.388 dosis y 560.198 personas tienen ya la pauta completa.

En cuanto al decreto de Medidas que entra en vigor hoy, comentar que se considerará evento multitudinario a aquellos que alberguen 1.000 personas sin diferenciar si es en recinto abierto o cerrado.

En lo que se refiere a la restauración, hasta ahora el cierre de los establecimientos debe hacerse a la 1:00 y con la modificación aprobada pasa a ser a las 2:00 horas,  siempre que la correspondiente licencia lo autorice y como horario de apertura a las 6.00 horas, excepto en los establecimientos que tengan horarios especiales que seguirán con el régimen de horario que tengan autorizado.

Respecto al ocio nocturno se permite abrir los negocios hasta las 3:00 horas, permitiendo un 75 por ciento del aforo si es en interior y un cien por cien del aforo en exterior. El baile no estará permitido en interior, así como el servicio de barra. En exterior sí estará permitido el baile.

Respecto a los eventos taurinos, se permitirá el 75 por ciento del aforo, con la gente sentada a tresbolillo, es decir, en filas paralelas, de modo que las de cada fila correspondan al medio de los huecos de la fila inmediata, de suerte que formen triángulos equiláteros y se introduce la excepción en caso de personas convivientes.

Sobre  los mercadillos al aire libre, se reduce la distancia que debe haber entre puesto y puesto, pasando de los tres metros actuales a dos metros. Y no podrán superar el 75 por ciento de los puestos habituales o autorizados.

A la hora de determinar los comerciantes que pueden ejercer su actividad, el ayuntamiento podrá priorizar aquellos que comercializan productos alimentarios y de primera necesidad, asegurando que no se manipulen los productos comercializados en los mismos por parte de los consumidores.

En hoteles y alojamientos turísticos la ocupación podrá ser del cien por ciento, no obstante, la ocupación de las zonas comunes de los mismos no podrá superar el 75 por ciento de su aforo.

Teniendo en cuenta las medidas de higiene y prevención, el nuevo texto recoge que los eventos multitudinarios, las empresas o entidades responsables de la organización de dichos eventos deberán elaborar un Plan de Actuación o de contingencia en contexto de COVID-19, que incluya una autoevaluación del riesgo conforme a lo previsto en el documento ‘Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19’ acordado en la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

En actuaciones artísticas se procurará siempre que los espectadores o asistentes estén sentados y colocados a tresbolillo, es decir en filas paralelas, de modo que las de cada fila correspondan al medio de los huecos de la fila inmediata, de suerte que formen triángulos equiláteros. No obstante, se facilitará la agrupación de convivientes, manteniendo la debida distancia de seguridad con el resto de los espectadores.

Se recomienda que todas las entradas y los asientos estén debidamente numerados, debiendo inhabilitarse las butacas que no cumplan con los criterios de distanciamiento físico, así como las no vendidas.

 En los museos y salas de exposiciones, el número de visitantes en grupo será determinado por la dirección de cada centro, no debiendo superar el máximo de veinticinco personas, incluido el monitor o guía. Estas visitas deberán realizar una reserva previa y deberán cumplir las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad.

Finalmente, se elimina la Disposición final primera del decreto, que recogía medidas excepcionales en relación con las actuaciones sanitarias en las residencias para personas mayores, independientemente de su titularidad y tipología de gestión, como salvaguarda de la salud pública a causa del COVID-19, que fue modificada por resolución de 1 de abril de 2020.

Decreto completo puede leerse aquí: https://docm.castillalamancha.es/portaldocm/eli/es-cm/d/2021/06/15/73

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